viernes, 27 de abril de 2012

“Hay que seguir el camino hacia la estatización de los hidrocarburos”


El diputado nacional Antonio Riestra brindó detalles sobre la posición del FAP frente al proyecto de expropiación del 51% de las acciones de YPF SA. “Esta es una decisión correcta pero hay que seguir el camino hasta lograr una verdadera estatización de los hidrocarburos”, sostuvo.

Tras el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación, Antonio Riestra brindó detalles sobre la posición del FAP y el contenido de la disidencia parcial que impulsará este bloque legislativo. “Nos encontramos frente a esta instancia, que si bien no es una reestatización, mejora la nuestra posición estructural para avanzar en esa dirección. Desde esta perspectiva, apoyamos en general el proyecto del oficialismo, pero marcamos claramente nuestras disidencias sobre varios aspectos”, explicó Riestra.

En particular, el dictamen del FAP planteará modificaciones sobre los siguientes puntos: marco regulatorio, discriminación que favorece al Grupo Petersen, garantías para la participación estatal mayoritaria y destino de las utilidades, carácter federal de la petrolera, constitución de una empresa pública, criterios de valuación, y mecanismos de control.

Riestra resaltó que el amplio consenso que esta logrando la iniciativa de la Presidenta, “en buena medida se debe a la permanente reivindicación por una YPF estatal que distintos sectores – como la CTA y el Grupo Moreno – sostuvieron desde la década de los noventa”.

“Detrás de YPF hay 70 años de inversión social acumulada en la construcción del estado nacional. Hablar de la petrolera de bandera es la mejor manera de expresar nuestra concepción de soberanía. Por eso no nos tiene que sorprender que la imagen de una YPF estatal despierte algo similar a lo que sentimos por Malvinas”, aseveró el diputado nacional del Partido PARES.

A continuación, los principales puntos de la disidencia parcial presentada por el Bloque FAP en el plenario de las Comisiones de Energía y Combustibles, Asuntos Constitucionales y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación.

Sobre el marco regulatorio

El proyecto oficial no altera una coma el marco regulatorio de los hidrocarburos vigentes desde hace dos décadas, el cual sirvió para garantizar el comportamiento predatorio sobre el recurso energético desplegado por Repsol YPF y el conjunto de las empresas que operan en el sector.

La eliminación de estas normas desreguladores, con los que se iniciaron la reformas neoliberales en el sector de hidrocarburos, es el primer paso necesario para crear un nuevo esquema regulatorio que permita que el conjunto de los argentinos disfrutemos de las ventajas que supone contar en nuestro territorio con este bien de carácter estratégico no renovable de uso difundido en toda la estructura económica.

Por ello, consideramos indispensable compatibilizar la explotación racional de los hidrocarburos con las necesidades del proceso de desarrollo económico. Con este objetivo proponemos la derogación de los decretos desreguladores de Carlos Menem y el establecimiento de un plazo de 180 días para que el Congreso de la Nación dicte un nuevo marco regulatorio sobre el sector.

Sobre el objeto de la expropiación

El marco jurídico que el proyecto oficial refiere es la Ley 21.499 de expropiaciones, que contempla la posibilidad de la retrocesión de la operación, cuando al bien expropiado se le diere un destino diferente al previsto en la ley expropiatoria, o cuando no se le diere destino alguno en un lapso de dos años computado desde que la expropiación quedó perfeccionada.

Por ello proponemos incorporar en el artículo 3 del proyecto oficial, donde se fijan los objetivos de la ley, un inciso i) por medio del cual se fija como principio de la política hidrocarburíferas de la República Argentina, la existencia de una firma petrolera sociedad anónima con participación estatal mayoritaria cuyo capital deberá ser controlado al menos en un 51% por el Estado Nacional y las provincias. De este modo, se bloquea la posibilidad de una retrocesión de la expropiación ante posibles demandas de Repsol.

Sobre la discriminación a favor del Grupo Petersen

El proyecto oficial expropia el 51% del capital accionario de la firma Repsol pero deja sin modificaciones la propiedad del capital accionario del socio de la misma, el Grupo Petersen – Ezkenazi. Esta discriminación a favor del grupo santacruceño supone, desde el punto de vista jurídico, colocar la posición argentina en una situación de debilidad frente a la vigencia del Tratado Bilateral de Inversión suscripto con España, el cual permite la expropiación pero no la discriminación. Por ende, para evitar debilitar en términos jurídicos la propuesta oficial es que sostenemos que se debe expropiar el conjunto de las acciones propiedad del Grupo Petersen así como la totalidad de las pertenecientes a Repsol YPF SA.

Sobre el carácter federal

Proponemos modificar la redacción del artículo 8º del proyecto oficial de manera que el 49% de las acciones expropiadas se distribuyan equitativamente entre todas las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sobre la constitución de una empresa pública

A los efectos de garantizar que la empresa YPF se comporte atendiendo a su carácter público, se propone  la creación de un CONSEJO DE CONTROL SOCIAL para la nueva YPF, con el objeto de hacer valer el principio de lo público, mediante la representación de actores sociales organizados que, por su naturaleza, tienen algún tipo de vinculación con el objeto de la empresa.  Esta representación incluye a trabajadores, empresarios, asociaciones de defensa de los derechos de usuarios y consumidores, y asociaciones de defensa y promoción del medio ambiente.

Sobre la transferencia futura de las acciones expropiadas

En nuestra disidencia consideramos oportuno prohibir la transferencia futura de las acciones sujetas a la expropiación. Por tal motivo proponemos una modificación en el artículo 10º del proyecto oficial.

Sobre los criterios de valuación

El artículo 12 del proyecto oficial señala que la valuación “se determinará conforme a lo previsto en el Artículo 10 y concordantes de la Ley 21.499. La tasación la efectuará el Tribunal de Tasaciones de la Nación”

Dada la trascendencia que tiene la expropiación que se propone para la estructura del sistema energético y para cualquier estrategia futura de desarrollo económico, y los montos indemnizatorios estimados, consideramos fundamental incluir algunos criterios adicionales de valuación, estos son:

- real situación patrimonial, previa auditoria de sus Estados Contables por parte de la Auditoria General de la Nación;

- la revisión de las concesiones otorgadas a la Sociedad

- la auditoria de las reservas

- los pasivos ambientales

Sobre los mecanismos de control y la razón social

En reemplazo de la figura de Sociedad Anónima sin control estatal que fija el proyecto oficial, proponemos que se modifique el carácter de la firma por el de Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM) y controlado por la Auditoría General de la Nación (AGN).

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